Esta es la Reforma Política presentada al Congreso  de La República.

El martes 13 de septiembre, el Ministro del Interior, Alfonso Prado, junto a varios congresistas de la bancada de gobierno, radicaron el proyecto de Acto Legislativo sobre Reforma Política en el Congreso de la República. 

Dentro de los principales cambios se destacan: el financiamiento de campañas, las personerías jurídicas de los partidos, las listas cremallera para cargos de elección popular, la modificación de estatutos de los partidos bajo criterios democráticos, y el cambio de competencia para limitar derechos políticos. 

La propuesta del Gobierno busca que la financiación de las campañas electorales sea exclusiva del Estado. Los movimientos o partidos políticos obtendrían un 50% de anticipo y el otro 50% mediante reposición de votos. El financiamiento del 100% de las campañas permitiría que sectores económicos dejen de influir en favor de ciertos candidatos o candidatas, fortaleciendo y consolidando la democracia electoral. 

En cuanto al otorgamiento de personerías jurídicas a partidos y movimientos políticos, se señala que es necesario acreditar la afiliación de aproximadamente 78.000 personas (0.2% del censo nacional electoral) ante el Consejo Electoral Colombiano. Un cambio significativo, pues en la actualidad la personería jurídica solo es reconocida si el partido político saca al menos el 3% de votos válidos en las elecciones de Senado y Cámara. Asimismo, se establece que los partidos políticos que, en coalición, hayan logrado llegar al Congreso puedan “solicitar la fusión de todas o parte de las personerías jurídicas que la integraron”. 

Otra propuesta destacable son las listas “cremallera”, es decir, que haya la misma cantidad de hombres y mujeres. Iniciativa de equidad de género que no se limita a las elecciones, sino que, como señala el artículo 2 del proyecto, se amplía a la organización de los partidos políticos, quienes deberán modificar estatutos para garantizar paridad en los cargos directivos mediante elecciones democráticas. Estas modificaciones deberán realizarse en un plazo máximo de un año una vez se apruebe el proyecto de acto legislativo.  

Sobre la limitación de los derechos políticos de las personas, la iniciativa indica que solo la autoridad judicial de carácter penal tendrá competencia. Este aspecto le quitaría la competencia a la Procuraduría para suspender, por presuntas faltas disciplinarias, a quienes hayan sido elegidos en cargos de elección popular. 

Adicionalmente, el proyecto propone que la edad mínima para ser Senador y Representante a la Cámara sea de 25 y 18 años respectivamente. Esta medida, de acuerdo con el Ministro Prada, busca mayor representatividad para la juventud colombiana. 

Conozca el articulado completo acá: http://leyes.senado.gov.co/proyectos/images/documentos/Textos%20Radicad…

Fuente: Oficina de Información y Prensa Cámara de Representantes

Comparte